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Sonia Gumpert, el ICAM y la transparencia. Suma y sigue.  

         Una desfachatez sin límites.

         Todavía reciente la resolución del Consejo de Transparencia y Buen Gobierno (CGTB) que estimaba el recurso de la Asociación Libre de Abogadas y Abogados (ALA) frente a la negativa del ICAM de publicar documentación relativa a su https://ala.org.es/wp-content/uploads/2017/05/report_RT_0031_2017.pdfactuación como entidad de derecho público, e instaba al Colegio de Abogados de Madrid a que, en el plazo de un mes, facilitara a ALA la información que le había sido negada (entre ella las actas de las reuniones de la Junta de Gobierno del ICAM, con expresión de su orden del día, asistentes y certificación de acuerdos tomados; normas sobre incompatibilidades y situaciones de conflicto de intereses en que se encuentren los integrantes de su Junta de Gobierno; persona, unidad o departamento responsable de dar cumplimiento a las obligaciones de transparencia; encomiendas de gestión y delegaciones en órganos inferiores a la Junta de Gobierno del ICAM de competencias de contenido económico y funciones, composición, funcionamiento, actas de las reuniones celebradas y acuerdos adoptados por la denominada “Comisión ejecutiva” de la Junta de Gobierno del ICAM), nos llega una nueva noticia sobre Sonia Gumpert, el ICAM y la transparencia.

 

        Entre los días 27 a 29 de septiembre de 2017 se va a celebrar en la Universidad Complutense de Madrid el II Congreso Internacional de Transparencia que, según aparece en su “Presentación”, “…trata de convertirse una vez más en un lugar de encuentro para todos aquellos interesados en la Transparencia y el Derecho de Acceso a la Información Pública”. Pues bien entre quienes van a analizar, junto con otros expertos en transparencia, la “…situación de España respecto a la Transparencia, el Derecho de Acceso a la Información Pública y el Buen Gobierno” está… … Si, Sonia Gumpert como “Decana del Colegio de Abogados y Vicepresidenta de la Plataforma en Defensa de la Libertad de Información”.

         Sonia Gumpert es la Decana que fue elegida abanderando la transparencia y el cambio en el ICAM. A los cien días de su toma de posesión dirigía una carta a todos los colegiados en la que afirmaba “Hemos apostado, definitiva y firmemente, por la modernización, la evolución y una política de transparencia en una institución como la nuestra… “. Desde entonces y pese a lo dicho, por lo único que ha apostado firme y, esperemos, no definitivamente, es por aplicar en el ICAM un estado de excepción “de hecho” en cuanto a la transparencia, la información y los derechos de la abogacía.

         Recordemos que Sonia Gumpert, como Decana del ICAM, acaba de ser requerida por el CTBG para facilitar a ALA una información que le negaba vulnerando la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno. Es la misma persona que, pese a ser Vicepresidenta del CGAE, incumple el Informe 2/2014 del CGAE sobre “Las obligaciones de transparencia de los Colegios de Abogados a la vista de la nueva Ley 19/2013 de Transparencia, Derecho de Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno”. Asimismo ignora lo dispuesto en la Guía para la implantación del Buen Gobierno en el sector colegial elaborada por la Unión Interprofesional (a la que pertenece el CGAE) y en la Guía de Transparencia para Colegios profesionales elaborada por el CTBG y la Unión Interprofesional, en diciembre de 2016, cuyo objeto es plasmar en un documento de acceso público la información más relevante y detallada que se entiende necesaria para impulsar el desarrollo de una cultura de transparencia en el ámbito de las profesiones, y, especialmente, garantizar la adecuación de los Colegios y Consejos de Colegios profesionales y otras Corporaciones de derecho público, al cumplimiento de las obligaciones establecidas en la propia ley de transparencia.

         A ello hay que añadir y no queremos ser exhaustivos, su negativa a debatir proposiciones presentadas en las Juntas Generales del ICAM, pese a que cuenten con los requisitos formales que se exigen en los Estatutos, y que ya ha dado lugar a que el Juzgado Contencioso Administrativo nº 10 de Madrid, en sentencia de 27 de julio de 2016, confirmada por sentencia del TSJ de Madrid, de 2 de febrero de 2017, anule dicha decisión (referida a la Junta General de 13 de junio de 2014), por considerar que la Decana ha usurpado las competencias de la Junta General, carece de respaldo legal y es contraria “…al principio legal de funcionamiento democrático…” del ICAM. Otros recursos por la misma causa se encuentran pendientes de resolver por los Juzgados Contencioso Administrativos de Madrid.

         Con estos antecedentes su participación en el Congreso Internacional de Transparencia, en su condición de Decana del ICAM, no deja de ser un sarcasmo. Aunque es cierto que puede dar a los participantes en el Congreso una opinión original: la de quién vulnera los principios de Transparencia y Buen gobierno y funcionamiento democrático en la Entidad de Derecho público que preside a la vez que acude, impasible, al Congreso a defender esos principios; y, a la Decana, otra foto para seguir presumiendo de lo que carece.

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