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Sanidad incumple dos sentencias que anulan el despido de una enfermera

Se niega a devolverle un puesto de gestión equivalente pese a que el fallo es firme
 

Dos sentencias del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) no han conseguido que la enfermera T. C. M., del hospital Ramón y Cajal de la capital, haya podido recuperar el puesto que tenía antes de que el centro la cesara. Los dos fallos, uno de 2010 y otro de este mismo año, declaran nulo su cese y obligan al Servicio Madrileño de Salud (Sermas) a devolverle su puesto o, tal y como precisa la segunda sentencia, ofrecerle un destino de igual categoría. La enfermera llevaba 18 años en su puesto de coordinadora de la unidad de trasplantes del Ramón y Cajal y había acumulado un “brillante currículum profesional” en cargos de gestión, según señala el fallo. Fue cesada poco después de que pidiera una auditoría interna y denunciara irregularidades en el servicio y el “hostigamiento” al que la estaba sometiendo el nuevo coordinador médico de la unidad.

El fallo más reciente, del 1 de febrero pasado, declara “la inejecución material” de la sentencia anterior, dado que el Sermas no la reincorporó a su puesto, sino que la puso a trabajar en un puesto asistencial en Cardiología. El hospital, dice el tribunal, debería ofrecerle un puesto de trabajo “de igual categoría y naturaleza” que el que tenía, “a elección de la apelante, entre los que existan vacantes”. Le daba dos meses para hacerlo, pero T. C. M. sigue trabajando en el puesto asistencial de Cardiología. El TSJM obligó al centro a pagarle dos años de atrasos, como si siguiera ejerciendo de coordinadora. “Acatamos la sentencia y la ejecutaremos”, afirmó ayer un portavoz de la Consejería de Sanidad a preguntas de este diario. No precisó por qué no lo ha hecho hasta ahora ni cuándo piensa hacerlo.

“Queda acreditada la alta profesionalidad y solvencia de la apelante, respaldada por una sólida trayectoria profesional, con 18 años en la unidad, al frente de un equipo de 50 personas (enfermeras y auxiliares)”, reconoce la sentencia de la sección octava de la Sala de lo Contencioso Administrativo del TSJM. El cese de la enfermera, añade, fue la “única medida adoptada para atajar —dos años después de que hubiera surgido y conocido el problema— el deterioro progresivo de la convivencia, no obstante los reiterados escritos (la actora, en su impotencia, llegó a dirigir un escrito a la presidenta de la Comunidad)”. La gerencia del hospital, señala, consintió “con su pasividad un deterioro progresivo del ambiente laboral”.

El tribunal relata en la sentencia que la enfermera y otra trabajadora de la unidad “llevaban desde abril de 2006 denunciando un continuo hostigamiento por parte del nuevo coordinador médico”. Esta otra sanitaria testificó en el juicio que el coordinador “se dirigía a la demandante de manera despreciativa y echándole en cara las deficiencias del servicio”, que “nunca le vio dirigirse de forma educada”, que “le hizo desalojar la mesa en la que trabajaba” y que en las reuniones, cuando ella intervenía, él se levantaba y se iba. T. C. M. denunció también que le había prohibido usar herramientas básicas para desempeñar su trabajo. La auditoría del servicio que pidió no se realizó y tampoco se investigaron sus denuncias internas sobre irregularidades en la unidad de coordinación de trasplantes del Ramón y Cajal.

El cese de la enfermera, argumenta la sentencia, “es la culminación de una situación ‘consentida’ por la gerencia del hospital encaminada a ‘sacrificar’ a la señora […] frente al coordinador médico”. La unidad se reorganizó tras su marcha y su puesto se eliminó. El coordinador, Adolfo Martínez, sigue en el suyo.

 
Publicado en Laboral