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Noticias Área Mujer

  • . Diario La Ley 14-6-21
    El TSXG reconoce el derecho de una trabajadora a que su empresa la cambie de sede geográfica para conciliar su vida familiar
    La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha reconocido el derecho de una trabajadora con dos hijos menores de doce años a que su empresa la cambie de sede geográfica para conciliar su vida familiar. En la sentencia, contra la que cabe presentar recurso ante el Tribunal Supremo, los jueces destacan que los derechos de conciliación son “derechos fundamentales, dada su vinculación con la prohibición de discriminación sexista y con el derecho a la intimidad familiar”.
    El TSXG aborda en la resolución la adaptación geográfica como manifestación de la conciliación familiar y concluye que el artículo 34.8 del Estatuto del Trabajador “ampara un cambio de centro por mor de la conciliación familiar”, si bien la persona trabajadora debe “acreditar que la adaptación es necesaria para hacer efectiva la conciliación, exigiéndose, adicionalmente, que las adaptaciones solicitadas sean razonables y proporcionadas en relación a sus necesidades y a las necesidades organizativas o productivas de la empresa”.

 

  • Reforma de LECrim:
    El Senado ha aprobado la tramitación de la reforma de la Ley de Enjuiciamiento Criminal para incorporar la maternidad y la paternidad entre las causas de suspensión de juicio oral. Hasta ahora la baja por maternidad o paternidad como causa de suspensión de una vista estaba prevista únicamente en los procesos civiles, pero no en los penales. La Ley, 14-6-2021

  • Entra en vigor la Ley 20/2011 del Registro Civil

Desde el 30 de abril, con la entrada en vigor de la Ley del Registro Civil 20/2011, el orden de los apellidos de los recién nacidos en caso de que los progenitores no lo acuerden, lo elegirá el encargado del registro. Desaparece el Libro de Familia y se crea un código personal donde se irán registrando todos los hechos que afectan al estado civil e identidad de las personas.

  • El TSJ de Baleares amplía la suspensión de los plazos procesales antes y después del parto a las abogadas.

A propuesta del ICAIB, a través de su Comisión de Igualdad, la Sala de Gobierno del TSJ ha aceptado ampliar el protocolo de suspensión de actos judiciales por paternidad/maternidad de los/las profesionales de la abogacía balear, de forma que a partir de ahora podrán pedir las abogadas suspensión de los plazos procesales durante los 20 días anteriores al día previsto para el parto y los 20 días posteriores al alumbramiento.

La Junta de Gobierno del Colegio de Abogados de Sevilla, ha acordado el 22 de marzo de 2021, como medida para impulsar la conciliación familiar dentro del colectivo de la Abogacía la exención de cuotas colegiales durante cuatro meses por maternidad y paternidad, tanto por nacimiento como por adopción. Dicha medida, se enmarca en cumplimiento de una las líneas del programa de esta Junta, que debido a las circunstancias tan excepcionales, no se ha podido llevar a cabo hasta comprobar la compatibilidad con la debida atención a la Tesorería. La exclusión se hará efectiva desde el día siguiente a su aprobación y, por tanto, podrán acogerse a la misma los colegiados y las colegiadas que tengan derecho a la misma a partir del 23 de marzo de 2021. En el caso de que ambos progenitores estén colegiados, sólo uno/a de ellos/as podrá acogerse a la ayuda.

https://www.icas.es/circular-7-21-exencion-de-cuotas-colegiales-por-maternidad-o-paternidad/

Publicado en Área de la Mujer