Menú Cerrar

Los 'sin papeles' dejarán de tener tarjeta sanitaria a partir del 1 de septiembre

{ELMUNDO.es | Europa Press | Madrid}
{martes 24/04/2012}
El Real Decreto que publica hoy el BOE con las reformas para garantizar la sostenibilidad del Sistema Nacional de Salud establece en una disposición adicional como fecha límite el 31 de agosto para que los extranjeros residentes en España regularicen su tarjeta sanitaria.
A partir de ese momento, según han explicado fuentes del Ministerio de Sanidad, aquellas tarjetas sanitarias pertenecientes a inmigrantes irregulares empadronados quedarán anuladas.
Hasta ese momento, los inmigrantes que hubieran obtenido la tarjeta sanitaria en situación irregular y estén ya en condición legal deberán regularizar su situación sanitaria, al igual que aquellos europeos que todavía no se hubieran inscrito en el Registro Central de Extranjeros.
Según figura en el BOE, a partir del 1 de septiembre aquellos “extranjeros no registrados ni autorizados como residentes en España” sólo podrán tener acceso a las urgencias para casos de “enfermedad grave o accidente, cualquiera que sea su causa, hasta la situación de alta médica”.
Sí queda garantizada la asistencia “al embarazo, parto y postparto” y a los “extranjeros menores de 18 años”, que “recibirán asistencia sanitaria en las mismas condiciones que los españoles”, según figura en el BOE.
Para ello, el Real Decreto ley incluye la modificación de la actual Ley de Extranjería y la adaptación completa de la directiva europea relativa al derecho de los ciudadanos de la Unión y de los miembros de su familia a circular y residir libremente en el territorio de los estados miembros.
En cuanto a los turistas sanitarios procedentes de la UE y de otros estados que forman parte del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, el Real Decreto fija como condición “una residencia superior a los tres meses” en España, que deberá quedar fehacientemente acreditada.

Publicado en Extranjería