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Los jueces critican la reforma de la ley y el «desahucio express»

{Miguel Angel Zamora | León 15/11/2011}
Los jueces consideran que la nueva ley del «desahucio express» nace con graves errores de concepción, está planteada únicamente en términos de agilización para desterrar el tópico de la lentitud de la Justicia, puede llegar a plantear situaciones graves que resultarían irreversibles y en definitiva, no se ajusta a las necesidades reales en materia de jurisprudencia civil.
José Manuel Soto Guitián, titular del juzgado de Primera Instancia número 3 de los de León pronunciará una conferencia mañana miércoles 17 de noviembre, a partir de las 18.30 horas en el edificio de El Albeitar de la Universidad de León en el que analizará todas estas dificultades ante los miembros del Ilustre Colegio de Abogados de León, que organizan esta iniciativa. «Ahora se puede poner en la calle a una persona sin necesidad de llegar al juez, se gana tiempo a base de suprimir cuestiones importantes y como siempre en estos casos, el legislador da la imagen de que esto va a ir muy rápido, y si nos saltamos trámites procesales, claro que todo va más rápido, pero vamos a ver dónde nos podemos saltar y dónde no».
Tercerías de dominio. Un ejemplo claro: «La modificación de las tercerías, especialmente las de dominio, suponen un cambio importante.
Cuando el juzgado trata de embargar un bien a una persona y aparece una tercera que reclama que esa medida no se ejecute porque la propiedad no pertenece a la persona embargada sino a un tercero, estamos hablando de una tercería. La práctica nos dice que hay gente con pocos escrúpulos que cuando tiene constancia de que va a ser objeto de un embargo comete un fraude: pone las propiedades a nombre de su mujer, de su cuñado y demás. Son casos que revisten normalmente bastante complejidad y que sin embargo, el Legislador lo simplifica para intentar ganar en agilidad a toda costa. Pero claro, para hacer eso hay que plantearse la agilización de toda la Justicia».
La picaresca hace acto de aparición ahora por mor de las propias condiciones que marca a partir de ahora la legislación: «Uno inicia la partida de cartas con unas reglas y luego se encuentra con que a medio juego, las normas cambian. Yo tengo una reclamación de cantidades por valor de 2.000 euros y presento una demanda porque sé que puedo recurrirlo, que el criterio del juzgado se puede revisar en la Audiencia y demás. Ahora de repente se publica esto y cambia en función de la fecha de la sentencia. Con lo cual si tu sentencia se ha firmado el 2 de noviembre, ya no tienes recurso. Pero si este juzgado ha ido un poco más deprisa y tu sentencia es del 27 de octubre, entonces puedes recurrir. Y luego está el caso, por ejemplo, del accidente de tráfico que se puede resolver con una indemnización de 2.900 euros y al que para poder tener derecho a recurso, se le incluyen daños morales para que suba hasta los 3.100.

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