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LEXNET……..Chapuzas a domicilio.

            A tres semanas de la aplicación de LEXNET y su intención de conseguir “papel 0” en los Juzgados es conveniente hacer un análisis de su aplicación. Vaya por delante que en ALA no somos abanderados de la “resistencia al cambio”, al contrario, nos gustaría llevar hasta las últimas consecuencias la aplicación al 100 % de LEXNET (o de lo pretendido por LEXNET) y, de esa manera, facilitar el acceso a la Administración de Justicia a los ciudadanos/as, reduciendo costes, eliminando trámites innecesarios y operadores jurídicos obsoletos, etc.

             Pues bien desde el 1 de enero de 2016 la única conclusión que se puede extraer de su aplicación es que la administración de justicia no estaba preparada para la imposición de su utilización y que, una vez más, se ha sacrificado la eficacia a los titulares olvidando que están en juego los derechos de los ciudadanos/as y el derecho fundamental de acceso a la justicia sin que pueda producirse indefensión que regula el art. 24 de la Constitución.

             Podríamos convertir este artículo en una lista de “experiencias” que nos hacen llegar nuestros socios/as en la aplicación de LEXNET, pero como los mismos que han impuesto su utilización, sin que nada ni nadie estuviera preparado para ello inmediatamente contestarían que esas incidencias son situaciones vinculadas a “desajustes” (u otra palabra adecuada para minimizar la chapuza) de su aplicación en los primeros días, vamos a acudir a las manifestaciones de los responsables para visibilizar la realidad y para ello nada mejor que el acta de la reunión de la Comisión mixta para la aplicación de LEXNET en la Comunidad de Madrid, celebrada el 14 de enero (a las dos semanas de vigencia del sistema obligatorio para todas las actuaciones judiciales desde el 1 de enero de 2016).

             En esa Comisión mixta se reunieron el Secretario General de la Administración de Justicia, representantes del CGPJ, Fiscal Superior de la Comunidad de Madrid, Abogacía del Estado del TSJ de Madrid, así representantes de los Colegios Profesionales (Abogados, Procuradores y Graduados Sociales), la Gerencia de ICM, y el Subdirector General de Personal. Dejémosles hablar:

             – Presidente del TSJ de Madrid: “… expone la problemática puesta de manifiesto en la reunión celebrada en el día de ayer con los representantes de ICM y la Dirección General de Justicia de esta Comunidad en relación a la situación actual del registro y reparto de escritos y documentos por medios telemáticos, en concreto, en relación a la presentación de escritos por vía telemática de procedimientos anteriores al 1 de enero de 2.016, la deficiente dotación de personal de los Decanatos, la necesidad de que se expidan tarjetas criptográficas a todos los funcionarios, la falta de formación adecuada y deficiente número de teclados con lector de tarjetas”.

             – Secretario general de la Administración de justicia: “… tras reconocer el entorno complicado de la Comunidad de Madrid, manifiesta, que ningún asunto iniciado con anterioridad al 1 de enero de 2.016 debería ser tramitado por vía telemática ”.

            – Fiscal Superior: “…pone de manifiesto que de momento no se está utilizando LEXNET, pero que lo hará a medida que se vaya disponiendo de los medios tecnológicos correspondientes, incorporándose, en primer lugar en los órdenes contencioso-administrativo y social”.

             – Abogacía del Estado: “…(plantea) las dudas que le han surgido como consecuencia de los Acuerdos contradictorios acordados por los diferentes Decanatos de Madrid y respecto a que se entiende por “iniciados”.

             -Secretario General de la Administración de Justicia: “…afirma que la Ley habla de procedimientos iniciados y no de incoados, por lo que es necesario fijar un criterio único, pasando la solución por hacer una recomendación por parte de los Colegios Profesionales en este sentido”.

             – Consejero delegado de ICM (Informática de la Comunidad de Madrid): “…se compromete a mejorar el reparto masivo de tarjetas, manifestando que a día de hoy hay repartidas 2.200 tarjetas”.

             – Juez Decano de los Juzgados de Madrid: “…destaca que el día 4 de enero de 2.016, no pudieron acceder a LEXNET, la falta de interoperabilidad del Registro con LEXNET y la necesidad de abrir escrito por escrito para conocer y remitir al órgano de destino, tardándose en ello de cinco a seis minutos”.

             – Representante de ICM: “…manifiesta que se está trabajando con el Ministerio para la homologación del sistema, lo que se calcula que se producirá antes del mes de febrero”.

             – Secretario de Gobierno: “…se ponen de manifiesto las fechas en las que se ha llevado a cabo la implantación de LEXNET, teniendo en cuenta que la mitad de la plantilla de los órganos judiciales se encontraba de vacaciones, teniendo en cuenta, además, la existencia de un concurso de traslado de funcionarios”.

             – Secretario coordinador provincial: “…añade que muchos Letrados de la Administración de Justicia carecen de tarjeta criptográfica operativa”.

             – Decano del Colegio de Procuradores: “…pone de relieve la falta de un criterio uniforme respecto a la presentación de escritos entre los Juzgados dependientes del Tribunal Superior de Justicia y los órganos centrales, por lo que interesa se proceda a la unificación de normas en toda la Comunidad de Madrid”.

             Ante todo esto el Presidente del TSJ (recordemos que es el 14 de enero, dos semanas después de la implantación de LEXNET), se pone serio y propone las siguientes conclusiones:

1º. Recomendar que, de forma transitoria hasta el 1 de marzo de 2016, los escritos en relación a asuntos iniciados antes del 1 de enero de 2016 se presenten sólo en papel.

2º. Interesar que se establezcan inmediatamente los sistemas técnicos adecuados para la remisión de escritos, de asuntos ya iniciados, directamente al Juzgado correspondiente, automatizando en su caso la actuación del Decanato respecto de estos escritos.

3º. Distribuir a todos los funcionarios tarjetas criptográficas que les permitan operar con LEXNET.

4º. Resolver las incidencias técnicas referentes a teclados y configuración de LEXNET e instalar teclados.

5º. Analizar con urgencia el número de personal adecuado en cada Decanato para asumir estas nuevas funciones de registro y reparto, y dotar del personal necesario, a los Decanatos que requieran un incremento de personal, reforzando en este período transitorio a los Decanatos que lo necesiten.

6º. Realizar con urgencia la formación adecuada a los funcionarios en el uso de estas tecnologías.

            Conclusiones a las que todos los asistentes dan su conformidad.

pepe-gotera-y-otilio

            Si no estuvieran afectados los derechos de los ciudadanos podría pensarse que asistimos a un nuevo trabajo de los personajes de TBO Pepe Gotera y Otilio; tan altas autoridades constatan que LEXNET no puede utilizarse para los asuntos iniciados antes de 2016, que la Fiscalía no lo utiliza porque no dispone  de los medios tecnológicos correspondientes, que no hay un criterio unánime sobre asuntos “iniciados” y asuntos “incoados” y su solución es que los Colegios profesionales recomienden algo en este sentido, que las tarjetas criptográficas no están repartidas a todos los funcionarios, ni siquiera a los Letrados de la Administración de Justicia, ni los teclados que las admiten, que los Juzgados de Madrid no pudieron acceder a Lexnet el 4 de enero y se espera que la homologación del sistema informático se produzca antes del mes de febrero, que gran parte de la plantilla de funcionarios no estaba disponible en el momento de inicio de LEXNET ni ha recibido formación sobre ello, que se debe comunicar a los Juzgados la existencia de los buzones de LEXNET y como acceder a ellos…

            Ante este caos al representante del ICAM en la Comisión sólo se le ocurre decir “… manifiesta su apoyo a la implantación del sistema LEXNET y tras reconocer la existencia de problemas técnicos iniciales que se han ido solucionando con la colaboración del Ministerio de Justicia, se compromete a reforzar la debida comunicación a sus colegiados para que los escritos de asuntos iniciados con anterioridad al 1 de enero de 2016 sean presentados vía papel y hace hincapié en la necesidad de vencer la resistencia a la gestión del cambio”.

            Sin perjuicio de las responsabilidades políticas y político-judiciales que deben exigirse, mientras tanto los abogados/as tenemos que pelear diariamente con problemas que no son sólo si se presenta en papel o no un escrito, sino las consecuencias procesales de todo esto. Alguien debería explicar como vamos a argumentar jurídicamente, en caso de que se tenga por no presentado un escrito, por sobrepasado un plazo, etc., que las “conclusiones” de la Comisión mixta, el Acuerdo 3/16 del Juez Decano de los Juzgados de Madrid y el similar del Juez Decano de Getafe, la Instrucción 1/2015 del Secretario de Gobierno del TSJ de Madrid u otras que van apareciendo, se imponen a lo establecido en las leyes procesales y en el Real Decreto 1065/2015, de 27 de noviembre.

            También debería explicarse, tal y como acertadamente recuerda el Decano del Colegio de Abogados de Cartagena, que siendo LEXNET “…un sistema informático que tiene acceso a todas las notificaciones que se producen en la práctica totalidad de los expedientes judiciales de España, una medida básica de seguridad habría sido atribuir el control de sus infraestructuras al Consejo General del Poder Judicial y no a una administración distinta de la administración de justicia. Sin embargo no se ha hecho así y se ha optado por colocar toda la infraestructura bajo el control del Ministerio de Justicia (una administración distinta del poder judicial) quien, a su vez, ha decidido alojar todos estos datos en los servidores de una empresa privada, Telefónica de España. Que los datos de la Administración de Justicia se encuentren bajo el control y supervisión del poder ejecutivo y que este a su vez entregue el tratamiento de los mismos a una empresa privada es algo que repugna al sentido común y choca con las más elementales buenas prácticas. Esta tendencia del poder ejecutivo a privar al poder judicial de toda capacidad real de actuación sin contar con su tutela no es más que el reflejo de la voluntad de control de un poder sobre otro. No hay razones económicas que lo justifiquen y hay muchas razones de orden lógico, jurídico y democrático que aconsejarían lo contrario. El que el poder ejecutivo pueda fiscalizar todas y cada una de las notificaciones que emite el poder judicial o que pueda acceder a los archivos de todos los procedimientos de España es una circunstancia que puede tener consecuencias inimaginables y ninguna buena”.

No es un problema de desajustes técnicos iniciales en la implantación de LEXNET, sino que nos han obligado a utilizar desde el 1 de enero una herramienta informática, con incidencia procesal y legal que, al menos en la Comunidad de Madrid, no está operativa o es utilizable con seguridad ni para profesionales, ni para Fiscales, ni para funcionarios, ni para Letrados de la Administración de Justicia…y eso no se soluciona con “conclusiones”, “recomendaciones” o comunicados de los Colegios profesionales, están en juego los derechos de los ciudadanos y la responsabilidad de los abogados/as, la única solución al caos existente es la aprobación, mediante una norma con rango legal adecuado, de una moratoria en la aplicación de LEXNET hasta tanto resulte utilizable con seguridad y con respeto a los derechos en juego.

Publicado en ALA acusa, no