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Las sentencias del Tribunal Constitucional podrán quitarse de Google

  • Para peticiones de retirada donde se hayan violado derechos a la privacidad
  • Tras la petición a Google, algunos casos se han elevado a la Audiencia Nacional

Una resolución de la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha reconocido que es su obligación solicitar a Google que no indexe las sentencias del Tribunal Constitucional publicadas en el Boletín Oficial del estado (BOE), si recibiese petición de retirada de personas que consideren que han violado su derecho a la privacidad.
Y es que uno de los aspectos más conflictivos de los motores de búsqueda, especialmente del más popular, Google, es la aparición de datos personales en sus resultados ligados a sentencias judiciales, como las del Tribunal Constitucional, que incluyen datos de personas que aparecen en el BOE.
El Tribunal Constitucional tiene potestad para publicar las sentencias en sus páginas oficiales, pero quedaba en duda si estas informaciones también podrían aparecer en otros sitios como el mencionado buscador.
La duda ha quedado resuelta tras una reclamación del despacho de abogados salirdeinternet.com que, tras solicitar inicialmente a la AEPD que obligase al buscador Google que dejara de indexar enlaces del BOE y otras direcciones que afectaban a uno de sus clientes, les remitieron al máximo órgano del Tribunal Constitucional alegando que era el responsable de la difusión de la sentencia.
Resolución de la AEPD
“En un primer momento la AEPD se opuso a la petición del ciudadano, afirmando -por primera vez en España-, que la publicación de la Sentencia era obligatoria en el BOE y que la AEPD no tenía competencias para decidir sobre su difusión en Google al ser una materia reservada al propio Tribunal Constitucional”, ha explicado un portavoz del bufete que puso la reclamación.
Pero encontraron una solución para evitar un largo proceso judicial: “En base a la Ley de Protección de Datos, le pedimos al Tribunal Constitucional que eliminase la Sentencia de Google en un plazo de 10 días, o que se declarase incompetente, con el fin de que volviese a examinar el asunto la AEPD”, explican.
En un plazo transcurrido de 10 días, “el Tribunal Constitucional afirmó que sus sentencias únicamente debían publicarse en sitios oficiales, y excluía a Google de sus competencias“. Tras recibir dicha respuesta, la AEPD ha rectificado y ha ordenado a Google que retire la sentencia del denunciante de su buscador.
Eso sí, la AEPD aclara que aunque puede solicitar la retirada a Google y ésta debería proceder a la misma, algunos casos se han elevado a la Audiencia Nacional por considerar no procedentes. En esos casos, la información no se ha retirado a la espera de que el Tribunal de Justicia Europeo decida sobre las peticiones.
Google es una potente herramienta de búsqueda, capaz de localizar la información que los usuarios desean en todo momento.
Europa Press | Madrid 12/07/2012

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