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Las claves de una reforma reaccionaria y neoliberal

ANÁLISIS           | GALLARDÓN AVANZA LA REFORMA DEL CÓDIGO PENAL
 El populismo y el interés económico son los puntos de partida de unas modificaciones que no han sido acordadas con los agentes sociales implicados.
Mal empieza la nueva reforma del Código Penal si lo primero que se sabe de la misma es a través de una nota de prensa. Lo normal es que las reformas legislativas, al menos en cualquier Estado que pretenda formalmente parecer una democracia, empiecen por una elaboración colectiva entre los distintos agentes sociales que tengan que ver en esa reforma. Es verdad que tal actuar no es muy típico de nuestro país. Aquí las reformas más importantes se suelen hacer con “agostidad”, o en la más absoluta oscuridad de algún despacho de partido.

Es cierto quela Constitución actual marcó el camino, y de esa poco democrática manera de actuar se liquidó por los dos grandes partidos la Jurisdicción Universal, por no poner más ejemplos, pero no es menos cierto que nuestra sociedad está cambiando, y exige que en cambios como los que se pretenden al menos se hubiese contado abiertamente con las organizaciones de jueces, fiscales, secretarios judiciales, criminólogos, abogados, fuerzas parlamentarias y el resto de organizaciones sociales afectadas por la misma. La reforma que se nos presenta de esta manera, y que hace difícil poder valorar su contenido con exactitud, sí ha resaltado claramente el camino por el que se pretende ir.

En primer lugar, está claro que es un nuevo giro de tuerca en el recorte de derechos. Se pretende incrementar las penas, o al menos el efectivo cumplimiento de las mismas, en delitos de terrorismo y en los delitos de robo. Siempre desde una concepción de clase de lo que son ambas figuras. Es decir, es más que evidente que no se van a incrementar penas para el robo que se viene haciendo desde las instituciones, lo que entendemos los comunes por corrupción.

Otra de las supuestas novedades en la que se ha resaltado la importancia ha sido en los delitos de asesinato más graves, para los que se ha previsto la prisión permanente revisable en los delitos muy graves, para los cuales se contempla la custodia de seguridad. Es necesario detenerse en este punto, pues parece que tal necesidad viene influida no por una realidad científica en la aplicación del derecho, sino por una presión mediática en relación con sucesos concretos de delitos“judicializados” a través de la prensa,que quieren presentarlos como si fueran una realidad generalizada en nuestra sociedad.

Cualquier reflexión serena de casos como el de los niños de Córdoba lleva a la conclusión de que no todos los días en nuestra sociedad se producen crímenes como el que supuestamente se ha cometido con ellos. Hacer de una excepción una generalidad para utilizarlo como excusa de una reforma legislativa no es más que legislar a golpe de programa de corazón, y eso no es casual. Cuando los dirigentes políticos lo utilizan con ese fin o es una irresponsabilidad o esconde algún otro interés.

En 2010 había en España 73.929 personas presas. Actualmente la población reclusa asciende a 70.472, un 4,6% menos que en 2010. Independientemente de los datos que se utilicen, lo que parece claro es que no ha habido un incremento de presos ni un estallido de delitos que aboque a una reforma del Código Penal de 1995. Tampoco estadísticamente ha habido un incremento de delitos en estas últimas décadas. Los distintos ministros de Interior han venido anunciando a bombo y platillo la disminución de la criminalidad. En cuanto al llamativo anuncio de la prisión permanente, y esperando ver el resultado concreto de la elaboración de la misma, es necesario decir que en nuestro país ya existen, a día de hoy, penas que superan en años las de muchas cadenas perpetuas de nuestro entorno.

Hoy, en el mejor de los casos, si se condena a una pena de 40 años, por ejemplo, se necesita el cumplimiento de las tres cuartas partes de la misma y un informe favorable para no cumplir la condena íntegra y que se trasforme en libertad condicional a los 30. La nota de prensa no aclaró nada sobre la nueva reforma en este sentido: será decisivo conocer cuál será el cumplimiento íntegro de la pena. Sea cual sea la redacción, que anuncia al menos un mayor cumplimiento efectivo, lo que hay que subrayar es que dicho incrementopone en cuestión la verdadera naturaleza que la pena de prisión tiene en nuestro ordenamiento constitucional: la reinserción. De este modo se puede dar el caso de una modificación constitucional vía reforma del Código Penal, con lo que habrá que estar atentos a la posible inconstitucionalidad de la reforma. En este sentido se han pronunciado Jueces para la Democracia.

Lo evidente es que hoy, sin ese informe favorable, la pena se cumple en su integridad, con lo que la cadena perpetua ya existe. El incumplimiento de la Constitución ya se da, y el anuncio de más de lo mismo no es más que eso, una medida legislativa de cara a la galería, para satisfacer los sentimientos más reaccionarios y vengativos de una parte de la sociedad.

Recorte de derechos

Custodia de seguridad, detención ilegal con desaparición, libertad condicional, supresión de faltas, asesinato, hurto, robo, atentado, resistencia y desobediencia, alteración del orden público, etc. Son otras de las figuras y delitos que se anuncian como modificados, y lo que se desprende es que en todos ellos hay un recorte en derechos y libertades, algunos de ellos sin una necesidad objetiva. En otros, la necesidad puede venir como consecuencia de la presunción que hace el Gobierno de la respuesta social que sus medidas económicas van a producir en la sociedad. Así puede entenderse una mayor pena en delitos como la resistencia, la desobediencia y el atentado a la autoridad, figuras que desde la reforma del ‘95 vienen aplicándose de manera escandalosa en defensa de la arbitrariedad policial.

Habrá que seguir denunciando la reforma según se vaya conociendo su concreción. Igual que llegó se puede marchar, su inconstitucionalidad se puede denunciar.

No sólo hay un marcado carácter reaccionario en esta reforma, también existe un claro interés neoliberal que se observa si multiplicamos el número de presos por lo que el Estado gasta en cada uno de ellos (25.000 euros anuales). No es que se los den a ellos, es que se los llevan las empresas que gestionan las prisiones, economatos de obligada compra, comedores, mantenimiento, etc. Se trata de empresas filiales de las constructoras que en su día construyeron las prisiones (FCC, Dragados, ACS, Grupo Vías). Esto nos indica claramente que tener muchos presos es un negocio para los de siempre.

ANTONIO SEGURA (abogado penalista)

Martes 9 de octubre de 2012.  Número 182
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