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La renta máxima para acceder a la Justicia gratuita se eleva a 15.975 euros al año

El proyecto de ley aprobado ayer por el Gobierno extiende la prestación a las víctimas del maltrato, terrorismo y accidentes
12.01.13 – JAVIER MUÑOZ | SAN SEBASTIÁN.

 El umbral de ingresos para que una familia pueda acceder a la Justicia gratuita -abogado y procurador gratis y exención de tasas- se elevará en el futuro hasta los 15.975 euros brutos anuales, lo que supone 1.065 euros más que ahora. Y si se trata de un hogar de cuatro o más miembros el límite subirá hasta 19.170 euros anuales. Así lo dispone el proyecto de ley aprobado ayer por el Consejo de Ministros, que extiende la prestación de forma genérica -es decir, independientemente de lo que ganen- a las víctimas de la violencia de género, a las del terrorismo, a las de las redes de prostitución y explotación laboral, y por último a las víctimas de accidentes que queden discapacitadas. También son beneficiarios absolutos la Cruz Roja, las organizaciones de consumidores y los sindicatos cuando representen a trabajadores. A continuación se detallan algunos de los aspectos más destacados de la reforma.

La financiación : la Justicia gratuita se costeará con las nuevas tasas judiciales que acaba de introducir el Ministerio de Justicia, unos gravámenes con los que el Gobierno de Rajoy espera recaudar unos 300 millones de euros cada año.

Estimación de la renta: aunque la reforma aumenta la horquilla de hogares beneficiarios -respecto a la vigente ley de 1996-, también cambia la forma de calcular la renta máxima para acceder a la Justicia gratuita, lo que tendrá consecuencias a largo plazo. Ya no será dos veces el salario mínimo interprofesional (SMI), sino 3,5 veces el Iprem, un indicador que no es de carácter laboral, sino social. Su cuantía es inferior y en su día fue creado como referencia para las prestaciones sociales, entre otros motivos porque crece menos que el anterior.

La familia al completo: aunque el proyecto de ley prevé que la renta de una familia que pida la Justicia gratuita se estime tomando en cuenta lo que perciban todos sus miembros, incluidos los hijos mayores que residan con sus padres, el hogar habrá de carecer, además, de patrimonio suficiente, entendiendo por esto último la propiedad de un inmueble que no sea la residencia habitual, capital mobiliario, coches de lujo u otros signos de riqueza.

Los solteros: tendrán algo más difícil que les paguen los pleitos con dinero público, ya que el tope de ingresos retrocede en su caso desde los 14.910 euros actuales a 12.780. El razonamiento aplicado por el Gobierno es que la renta a considerar para una persona sola no puede ser la misma que para una familia.

Excepciones: los ingresos máximos no son inamovibles. Se prevén excepciones cuando los demandantes se encuentren en situaciones especiales relacionadas con el número de hijos, la salud o los costes para poner en marcha un procedimiento. En tales casos, el umbral de renta podrá ser cinco veces el Iprem (31.950 euros brutos anuales).

Decreto vasco: los topes económicos de la futura ley, que el Gobierno central remitirá al Congreso, también serán de aplicación en el País Vasco. En esta comunidad, el anterior Ejecutivo de Patxi López aprobó en junio pasado un decreto sobre Justicia gratuita que se remite a la normativa estatal en ese punto. La normativa autonómica ha desencadenado el rechazo frontal de los abogados, que dicen que los nuevos criterios de control del gasto se inmiscuyen en el funcionamiento de los colegios profesionales.

Abusos: según el proyecto de ley del Gobierno de Rajoy, cuando alguien reclame la Justicia gratuita se cruzarán sus datos fiscales, del catastro, de la Seguridad Social y de los registros de la propiedad y mercantiles. Y se le informará del coste de la prestación en su caso. Si alguien la tramita más de tres veces en un año (salvo en la jurisdicción de penal) se considerará abuso y habrá que presentar una justificación especial.

Mejoras económicas: si un beneficiario de la Justicia gratuita mejora su situación económica en los cuatro años siguientes, y duplica el límite de ingresos para recibir la prestación, la parte a la que demandó podrá reclamarle las costas que le impusieron.

Colectivos beneficiados: Las mujeres maltratadas tendrán la Justicia gratuita, sea cual fuere su renta, no solo en el proceso penal, sino también en los pleitos civiles de divorcio. Las víctimas de accidentes que tengan secuelas y necesiten ayuda personal para desenvolverse podrán tener el pleito gratis cuando reclamen indemnizaciones por daños personales y morales.

Recorte a los trabajadores: La nueva regulación estatal les retirará la Justicia gratuita en las apelaciones a las decisiones de los juzgados de lo Social, que es donde el Ministerio de Justicia acaba de introducir tasas judiciales.

Elección de letrado: con el proyecto de ley no existirá la obligación de aceptar el letrado y procurador de oficio. El beneficiario podrá elegirlos, y en tal caso pagárselos de su bolsillo. El resto de los costes de los tribunales sí quedarán cubiertos

Publicado en Turno de oficio