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LA DENUNCIA DE MALOS TRATOS POLICIALES ANTE LA JUSTICIA (tortura 23 mayo 2023)

LA DENUNCIA DE MALOS TRATOS POLICIALES ANTE LA JUSTICIA

(Charla ALA, Madrid 23 mayo 2023 de Joaquín URIAS)

 

1. REFLEXIÓN PREVIA SOBRE EL MODELO JUDICIAL Y POLICIAL ESPAÑOL

Falta de ruptura con la justicia de la dictadura

El poder judicial como mecanismo de control social     No defiende al ciudadano sino al poder    

 

 OLVIDA

  • Garante de los derechos fundamentales
  • Control del poder

 

Percibe a la policía como un compañero    Uno más en la defensa del orden establecido

 Connivencia diaria con los cuerpos policiales        Necesitan su auxilio

Evidencias sociológicas y estéticas

             

  • No hay mecanismos para asegurar la imparcialidad en lo colectivo (solo la personal)

 

2. CONSIDERACIONES INICIALES

  • En España se tortura y hay brutalidad policial
    • Informe Defensor del Pueblo 2021 (42 denuncias, 5 de torturas, 17 de maltrato)
    • Datos condenas a policías entre 2010 y 2020

 

  • 5 policías condenados al año por tortura
  • 50 policías condenados al año por delito contra la integridad moral
  • 1 policía condenado al año por detención ilegal

 

  • Los jueces tienden a creer y proteger a la policía.
  • Hay que denunciar     El TC y el TEDH como esperanza de reparación y para crear conciencia

 

3. LA FALTA DE IMPARCIALIDAD JUDICIAL RESPECTO A LA POLICÍA

  • Los obstáculos frente a las denuncias de brutalidad policial
  • Excesivo valor judicial de testimonios de policía (valor testifical ex 717 lecrim)
    • Según el TS (10/10/2005) la policía es imparcial y no miente
    • Esa presunción no debe valer cuando son ellos los acusados

 

CASOS REALES:

el ejemplo de los sanfermines. Denuncias cruzadas. Primero se condena a ciudadano por agresión creyendo a la policía. Después se absuelve a los policías porque el criterio de un ciudadano condenado no tiene validez suficiente.

 

Testimonio

    • No se examina al policía (quién es) y lo que dice
    • Se les considera siempre funcionarios imparciales

 

Atestado

    • No se concibe como una declaración sino como un hecho
    • Se reproduce en el juicio, leyéndolo, como si fuera un hecho                            

 

Casos en los que la policía es acusada

Archivo de las actuaciones antes incluso de investigar

Supuesta falta de pruebas             No se recaban las pruebas posibles

Eximente de cumplimiento de un deber (comparación con la legítima defensa)

 

  • Presunción de inocencia        Los policías la tienen muy acentuada, sus denunciados no
  • La única esperanza (y no siempre)     Los vídeos como prueba
    • Más eficaces para exculpar a ciudadanos que para condenar a policías
    • Podrían sustentar acusación de denuncia falsa contra los policías

 

4. LA ESPERANZA DE LA JURISPRUDENCIA CONSTITUCIONAL

Sirve para exigir más investigación   No son exigencias del artículo 24 CE sino del art 15 CE.

    • Se aplica en la cárcel, en comisaria y en las intervenciones públicas
    • No sólo delito de tortura      Cualquier maltrato (delito de lesiones leves o similar)

 

Diligencias de investigación posibles, que siempre se han de intentar

Identificación de los policías      

Declaración de los policías

Declaración de la víctima/denunciante

Declaración del Letrado de Oficio

Declaración del personal sanitario que atendió

 

 

5. CONSEJOS PARA ABOGADOS Y SOLUCIONES SISTÉMICAS

 Varios consejos para abogados:

  • Denunciar siempre con todos los detalles posibles (y plantearse recusar)
  • Requerir del juez la práctica de todas las pruebas que dice el TC
  • Si hay denuncias cruzadas Denunciar a los agentes por denuncia falsa
  • Recoger videos (también de antes y después) y autentificar participantes
  • Recurrir en todas las instancias. Los jueces superiores son más objetivos

Soluciones sistémicas:

Dificultar la connivencia

  • Instrucción de delitos por la fiscalía
  • Prohibición de condecoraciones policiales a jueces

Más concreción de las investigaciones necesarias en la jurisprudencia

 

Casación/nulidad de sentencias que partan de la veracidad policial

  • Concreción de cuándo la declaración policial puede ser la única prueba condenatoria

 

Protocolos policiales que faciliten las pruebas sobre sus actuaciones

  • Cámaras en calabozos, chalecos y vehículos
  • Trazabilidad de armas y proyectiles

 

Artículo publicado el día 28 de mayo en el diario digital PÚBLICO al hilo de nuestra charla sobre la tortura del otro día.

El enlace, por si queréis leerlo, es éste:https://blogs.publico.es/dominiopublico/52880/en-espana-se-tortura/

Publicado en Penal