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La Audiencia anula un juicio y la sentencia por no dar al acusado el derecho a la última palabra

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MÁLAGA, 6 (EUROPA PRESS)}
Así, se ordena que se celebre una nueva la vista oral por un magistrado diferente al que ya se encargó del juicio de faltas por lesiones.
En abril del pasado año, un juzgado de instrucción de Torremolinos (Málaga) declaró probado que el acusado y otro hombre compartían piso, “no siendo cordiales las relaciones” entre ambos, y un día de diciembre de 2010, la víctima fue agredida por el imputado cuando entró en la vivienda, dándole una patada y arañándole las manos.
Al acusado se le condenó por una falta de lesiones a 90 euros de multa y a indemnizar al perjudicado, pero la defensa recurrió la sentencia, solicitando la nulidad de la misma, al alegar que no se le había concedido la última palabra para hacer las manifestaciones que creyera conveniente al término del juicio.
La Sala señala que tal atribución se considera un derecho fundamental, ya que así el acusado puede “matizar, completar o rectificar” y tiene la posibilidad “de que el Tribunal incorpore a los elementos de juicio lo manifestado por éste”. Se pretende que “quede garantizado el derecho de la defensa por sí mismo”.
En este caso, el Tribunal, a través de su sentencia, a la que tuvo acceso Europa Press, precisa que “tal y como consta en la grabación del juicio, tras informar el representante del ministerio fiscal, la juez declaró el juicio visto para sentencia, no dando la última palabra al denunciado”.
“La consecuencia de todo esto es la anulación del juicio y de la sentencia, debiendo celebrarse nuevo acto del juicio que ha de desarrollarse con todas las garantías legales y procesales”, indica la Sala, estimando así el recurso de apelación presentado por la repr esentación del denunciado.

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