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Europa fuerza mejorar la situación de los detenidos

El Gobierno ha hecho caso a las advertencias de la Comisión Europea (CE) y ampliará los derechos de los detenidos en comisaría. La nueva Ley de Enjuiciamiento Criminal (LECrim) introduce las directivas europeas sobre protección del detenido, lo que evita sanciones por parte de Bruselas.
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España ampliará los derechos de los detenidos y las comisarías españolas tendrán que cumplir la normativa europea de detenciones que obliga a los agentes a permitir que el arrestado hable con su abogado antes de declarar por primera vez sobre los hechos que se le imputan.

El Gobierno ha decidido incluirlo finalmente en la reforma de la Ley de Enjuiciamiento Criminal (LECrim), en contra de lo que publicado por bez.es, según han aclarado fuentes jurídicas. Se trata de un derecho fundamental reconocido por la Unión Europea (UE) que se aplica en la mayoría de los países de la unión. Este texto legal entrará en vigor el próximo 1 de noviembre.

Hasta ahora, cuando alguien era detenido en España acusado de presuntos delitos penales, declaraba en comisaría en presencia de un abogado, pero no podía comunicarse con él hasta que finaliza su testimonio. Esa primera declaración quedaba por escrito y se trasladaba directamente al juez. Las leyes europeas piden a los países miembros que este procedimiento se haga al revés. Que el arrestado pueda pactar su primera declaración con el abogado defensor.

El nuevo texto permitirá al detenido entrevistarse reservadamente con la persona detenida antes de declarar ante la policía. Asimismo, el arrestado podrá contar con el asesoramiento legal sobre las consecuencias de consentir o negarse a la práctica de cualquier diligencia o prueba, como dar o no una muestra de adna, por ejemplo. Hasta ahora la policía “intentaba evitar de cualquier manera que el abogado aconsejara al detenido sobre nada, indicándole que no podía hablar hasta el final de la diligencia, amenazándole con ponerle quejas, sacándole de la habitación por la fuerza, intentado que se nombrara un nuevo abogado de oficio, etc”, explica a bez.es Alejandro Gámez, portavoz de la Asociación Libre de Abogados (ALA).

El Gobierno ha ampliado este derecho del detenido. El plazo para transponer la directiva acababa a finales de 2016

El Ejecutivo ha transpuesto finalmente la directiva después de que el pasado mes de mayo la Comisión Europea (CE) estuviera a punto de sancionar a España por su tardanza en la aprobación de una de ellas y abrió expediente respecto a las otras dos. Entre ellas, esta última.

El derecho a hablar con un abogado antes de declarar en comisaría estará presente en las leyes españolas, a pesar de que España aún tenía un plazo de un año para transponer la Directiva -2013/48/UE, que regula este derecho de los detenidos.

El Estado no quiere dar facilidades al delincuente

Los abogados penalistas consideran que el Estado se ha hecho el remolón al retrasar las garantías de los detenidos que le exige Bruselas. “El Estado no quiere dar tantas facilidades a los delincuentes y pretende seguir con el control de las investigaciones. Pero para nosotros no son facilidades, son garantías para el detenido”, explica Gámez.

El Estado no quiere dar tantas facilidades a los delincuentes. Pero para nosotros no son facilidades, son derechos

Esta falta de protección del detenido llevó a  ALA adenunciar la situación en marzo de 2015 ante la Comisaria Europea de Justicia, V?ra Jourová, junto a las asociaciones Fair Trials, Legal Expert Advisory Panel, Red Jurídica y la ONG Rights International Spain. Esta alarma provocó la reacción de Bruselas, que abrió expediente a España por no trasponer estas directivas. Ante la amenaza, el Gobierno se apresuró a introducir estos derechos en la reforma de la LECrim que estaba tramitando pero que finalmente solo incluirá dos de las tres directivas. Los letrados consideraban que las comisarías españolas estaban actuando de manera ilegal al no aplicar esta legislación y que no tenían porqué esperar a que se cumpla el plazo de transposición para respetar los derechos de los detenidos.

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Las deficiencias de la reforma 

Las otras dos directivas aprobadas no ofrecen garantía absoluta por la falta de detalle en el texto de la ley, asegura Gámez. Una opinión que coincide con la presidenta de la Rights International Spain, Lydia Vicente, quien apunta que para conocer el efecto de estas nuevas garantías habrá que comprobar “cómo se aplican y qué efectos tienen en el tiempo”.

La primera de ellas (Directiva 2010/64/UE)  es la que reconoce el derecho del detenido a contar con un traductor cuando no comprenda o no hable castellano. Este derecho está ahora recogido en el nuevo artículo 520 de la LECrim. Este cambio era el más urgente porque sobre él cernía la amenaza de sanción por parte de Bruselas.

Sin embargo, Vicente señala que en la elaboración de la ley se han olvidado de incluir un sistema de registro de traductores que permita a los agentes de las comisarías conocer quién está disponible para atender al detenido. Un sistema similar al de los abogados de guardia.

Más polémica será la puesta en marcha de la segunda directiva (2012/13/UE) porque en ella se contemplael derecho del detenido a conocer con detalle el contenido del atestado antes de declarar ante la Policía o la Guardia Civil. Los legisladores han incluido este derecho en el nuevo artículo 118 de la LECrim, pero parece que el texto no es lo bastante específico.

En este sentido, Gámez alerta de que el texto se deja fuera “elementos esenciales” como especificar qué tipo de informe podrá ver el detenido. “Si te dan una hoja con los delitos, pero no puedes ver el expediente, no puedes conocer de qué se te acusa”, argumenta el portavoz de ALA.

La contradicción entre el texto de la directiva y el de la LECrim está en que el reglamento europeo establece que “en el momento de la detención o privación de libertad, el detenido (o su abogado) tiene derecho a acceder a los documentos esenciales que necesita para impugnar la detención o privación de libertad”. Mientras que el texto español sólo asgura el accedo a “una relación de datos y hechos” sin especificar.

La directora de Rights International Spain recuerda que la UE ha puesto a disposición de todos los países un modelo de carta de derechos para entregar al detenido cuando llega a comisaría. Este ejemplo no es obligatorio, pero establece las bases a cumplir por los 28. Esta ONG, especializada en leyes internacionales, aplicará un programa a partir de ahora para evaluar si las comisarías españolas cumplen con las nuevas directivas de derechos de los detenidos.

Publicado en Defensa de la Defensa, Penal