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Estrategia Española de Empleo 2012-2014

{{El Real Decreto 1542/2011, aprueba la Estrategia Española de Empleo 2012-2014.}}
La Estrategia Española de Empleo 2012-2014, atañe al conjunto de acciones y medidas de orientación, empleo y formación dirigidas a mejorar las posibilidades de acceso al empleo, por cuenta ajena o propia, de las personas desempleadas, al mantenimiento del empleo y a la promoción profesional de las personas ocupadas y al fomento del espíritu empresarial y de la economía social.
{{REAL DECRETO 1542/2011, DE 31 DE OCTUBRE, POR EL QUE SE APRUEBA LA ESTRATEGIA ESPAÑOLA DE EMPLEO 2012-2014.}}
{{{ {{Preámbulo}} }}}
El Real Decreto-ley 3/2011, de 18 de febrero , de medidas urgentes para la mejora de la empleabilidad y la reforma de las políticas activas de empleo y, posteriormente, el Real Decreto-ley 14/2011, de 16 de septiembre, de medidas complementarias en materia de políticas de empleo y de regulación del régimen de actividad de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, con el objetivo de favorecer la eficiencia de nuestras políticas de empleo ante la grave situación de la economía española, y a fin de contribuir a la mejora del mercado de trabajo y a la mayor empleabilidad de quienes buscan un empleo, han llevado a cabo importantes modificaciones en el principal marco regulador de estas políticas constituido por la Ley 56/2003, de 16 de diciembre, de Empleo.
La reforma llevada a cabo se fundamenta en la necesidad de lograr un mejor encaje entre la competencia normativa de las políticas activas de empleo, que corresponde al Estado, con la de su ejecución, que corresponde a las Comunidades Autónomas, preservando, al mismo tiempo, la unidad en la atención de las personas en situación de desempleo.
Para la consecución de esta reforma resulta esencial la Estrategia Española de Empleo, que la Ley 56/2003, de 16 de diciembre , regula, en su artículo 4 bis, y que, en su artículo 7 bis. a), establece como un instrumento de coordinación del Sistema Nacional de Empleo.
Este nuevo instrumento se configura como el marco normativo para la coordinación y ejecución de las políticas activas de empleo en el conjunto del Estado, que ha de contribuir a fomentar el empleo de la población activa, a aumentar la participación de hombres y mujeres en un mercado de trabajo sostenible, en el que se mejore la productividad y la calidad del empleo, y que se base en la igualdad de oportunidades, la cohesión social y territorial. Se erige, en definitiva, en un marco de referencia compartido, a partir del cual los Servicios Públicos de Empleo deben diseñar y gestionar sus propias políticas activas de empleo.
Sin perjuicio de que el desarrollo reglamentario de esta reforma legal se aborda a través de la modificación del Real Decreto 1722/2007, de 21 de diciembre , por el que se desarrolla la Ley 56/2003, de 16 de diciembre, de Empleo, en materia de órganos, instrumentos de coordinación y evaluación del Sistema Nacional de Empleo, para adaptar su contenido a la nueva regulación, ahora resulta inaplazable la aprobación de la primera Estrategia Española de Empleo 2012-2014, que corresponde al Gobierno, en el ejercicio de las competencias definidas en el artículo 3.1 de la citada Ley 56/2003, de 16 de diciembre, y que se lleva a cabo mediante este real decreto.
Su elaboración se ha realizado en colaboración con las comunidades autónomas y con la participación de las organizaciones empresariales y sindicales más representativas.
En virtud de lo anterior, en este real decreto, se aprueba la Estrategia Española de Empleo 2012-2014, que ha de regir el nuevo enfoque estratégico de las políticas de empleo en el territorio español durante este período, teniendo en cuenta los objetivos que se recogen en la Estrategia Europa 2020.
En definitiva, la Estrategia Española de Empleo 2012-2014, que recoge el anexo de este real decreto, atañe al conjunto de acciones y medidas de orientación, empleo y formación dirigidas a mejorar las posibilidades de acceso al empleo, por cuenta ajena o propia, de las personas desempleadas, al mantenimiento del empleo y a la promoción profesional de las personas ocupadas y al fomento del espíritu empresarial y de la economía social. Afecta, asimismo, a las medidas para el fortalecimiento y la modernización de los instrumentos administrativos y de servicio a las personas y empresas que permiten la aplicación de las políticas señaladas, y a las actuaciones para reforzar la coordinación de todos los actores públicos y privados que realizan actuaciones encaminadas a lograr los mismos objetivos. La Estrategia, en consecuencia, ha de ser un referente común a las iniciativas de empleabilidad de los distintos agentes que aplican medidas de políticas activas de empleo, y habrá de contribuir a una mayor cooperación entre los distintos niveles administrativos y territoriales, incluyendo la relación público-privada.
También cabe señalar que la Estrategia Española de Empleo, de carácter plurianual y de ámbito estatal, es el marco que permite fijar los objetivos económicos y de ejecución, y las acciones y medidas de políticas activas de empleo que desde el Sistema Nacional de Empleo se propongan llevar a cabo y que se concretarán, anualmente, en el Plan Anual de Política de Empleo.
Este real decreto ha sido sometido a informe de la Conferencia Sectorial de Empleo y Asuntos Laborales, del Consejo General del Sistema Nacional de Empleo, así como de las organizaciones empresariales y sindicales más representativas, del Consejo de Fomento de la Economía Social y de las organizaciones más representativas de trabajadores autónomos.
En su virtud, a propuesta del Ministro de Trabajo e Inmigración y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 28 de octubre de 2011,
{{{ {{DISPONGO:}} }}}
{{Artículo único. Aprobación de la Estrategia Española de Empleo 2012-2014.}}
Se aprueba la Estrategia Española de Empleo 2012-2014, cuyo texto se inserta como anexo a este real decreto, la cual, se configura como el marco normativo para la coordinación y ejecución de las políticas activas de empleo en el conjunto del Estado.
{{Disposición final primera. Título competencial.}}
Este real decreto se dicta al amparo del título competencial previsto en el artículo 149.1.7.ª de la Constitución, que atribuye al Estado la competencia exclusiva en materia de legislación laboral.
{{Disposición final segunda. Habilitación para el desarrollo reglamentario}}.
Se autoriza a la persona titular del Ministerio de Trabajo e Inmigración, para dictar cuantas disposiciones sean necesarias para el desarrollo de este real decreto.
Asimismo, se faculta a la persona titular de la Dirección General del Servicio Público de Empleo Estatal, en el ámbito de sus competencias, para dictar cuantas resoluciones sean precisas para la aplicación de este real decreto.
{{Disposición final tercera. Entrada en vigor.}}
El presente real decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el “Boletín Oficial del Estado”.

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