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El Tribunal de Justicia de la UE aclara que se puede sancionar la situación irregular con la expulsión


Bruselas, 6 dic (EFE).-
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (UE) aclaró hoy que la Directiva sobre retorno de inmigrantes ilegales permite que un país sancione la situación irregular de una persona con la expulsión a su país, informó hoy mediante un comunicado.

“En efecto, la Directiva permite a los Estados miembros, sobre la base de un examen individual de la situación del interesado, imponer la expulsión, sin conceder ningún plazo de salida voluntaria, cuando existe un riesgo de que el interesado se evada para sustraerse al procedimiento de retorno”, dice la nota que recoge extractos de la sentencia publicada hoy.

El Tribunal de la UE se ha pronunciado a partir del caso de un ciudadano originario de Bangladesh en situación irregular en Italia.

Aplicando la ley de inmigración italiana, el hombre en situación irregular debía ser expulsado, pero los jueces italianos han preguntado antes a la Corte europea si ese procedimiento es compatible con la Directiva de retorno.

Según la normativa italiana, la situación irregular puede sancionarse con una multa que, si concurren determinados requisitos, puede ser sustituida por la expulsión o el arresto domiciliario.

La Directiva de retorno establece normas y procedimientos comunes que deberán aplicarse en los Estados miembros para el retorno de los nacionales de terceros países en situación irregular.

Según la sentencia de hoy del Tribunal de Justicia, “la Directiva retorno no tiene por objeto armonizar totalmente las normas de los Estados miembros en materia de residencia de extranjeros y, por consiguiente, no se opone a que el Derecho de un Estado miembro califique de delito la situación irregular y establezca sanciones penales para disuadir de la comisión de dicha infracción”.

Así, para los jueces, “la posibilidad de sustituir la pena pecuniaria por una pena de expulsión, acompañada de una prohibición de entrada al territorio italiano, en los supuestos en que sea posible llevar a cabo inmediatamente el retorno del interesado, no es contraria a la Directiva”.

Por otro lado, el Tribunal de la UE ha recordado a los países que “están obligados, en virtud del deber de lealtad y de las exigencias de eficacia de la Directiva, a proceder a la expulsión lo antes posible”.

Por ello, el Tribunal de Justicia considera que la Directiva retorno es contraria a una ley nacional que permita sancionar la situación irregular de los nacionales de países terceros con una pena de arresto domiciliario sin garantizar que ésta deba finalizar tan pronto como sea posible el traslado físico del interesado fuera de dicho Estado

Publicado en Extranjería