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El juez podrá reducir la deuda de los desahuciados con la venta de la vivienda

La reforma de la ley Hipotecaria limita los créditos a 30 años, rebaja los intereses de demora y obliga a informar de las cláusulas suelo

31.01.2013 |Madrid, Agencias-

Los jueces tendrán poder para reducir las deudas que les queden pendientes a las familias víctimas de desahucios si el banco obtiene una plusvalía al vender la vivienda, y, además, se fijarán en 30 años el plazo máximo para conceder hipotecas para una vivienda habitual. Estas son dos de las medidas estrella que anunció ayer el ministro de Economía, Luis de Guindos, durante su intervención en el Pleno del Congreso y que se incluirán en el proyecto de ley de medidas urgentes para la protección de los deudores hipotecarios, con el que pretende dar una nueva vuelta de tuerca al mercado inmobiliario español. «El objetivo», defendió, «es mejorar la normativa porque la dramática situación que atraviesan muchas familias españolas merece el mayor esfuerzo y entendimiento de todos».

El Gobierno pretender llevar a cabo un completo lavado de cara de la ley Hipotecaria y de la regulación del mercado de la vivienda, según asegura, «para equilibrar la posición de las partes». Una de las medidas anunciadas por De Guindos fue la de limitar los intereses de demora (que se aplican al retrasarse el pago de los recibos) a tres veces el interés legal del dinero para evitar el crecimiento desorbitado de la deuda y facilitar que los deudores puedan afrontar el pago.

También se reforzará la independencia de las sociedades de tasación, limitando la presencia de los bancos en su accionariado del 25 al 10%. Las entidades de crédito deberán de aceptar cualquier tasación homologada que aporte el cliente, lo que, a juicio de De Guindos, «incrementará la competitividad del mercado de las tasaciones».

La nueva ley Hipotecaria que prepara el Gobierno también incluirá una nueva reglamentación para la venta extrajudicial de las viviendas, incluyendo la posibilidad de realizar subastas online, un procedimiento que, según el Ministro, «agilizará la resolución de las ejecuciones y aliviará la carga de los juzgados». «Queremos reducir la demora habitual de las ejecuciones hipotecarias que, además, provocan una acumulación de intereses en perjuicio del deudor», resaltó el Ministro, para a continuación añadir: «se modificará la ley de Enjuiciamiento Civil para mejorar los procesos y conseguir una ejecución más ágil que evite que las viviendas se vendan o adjudiquen por valores inferiores al de tasación». En este sentido, se permitirá que si tras la ejecución de la hipoteca al desahuciado le restara deuda por pagar, el juez tendrá la potestad de decidir si se amortiza hasta el 65% del máximo del total hasta el quinto año desde la ejecución o del 80% en diez años. «Si la entidad financiera obtiene una plusvalía con la venta del bien en esos diez años, el juez podrá exigir que el 50% de esa plusvalía se use para reducir la deuda», aseguró De Guindos.

En la ley de Enjuiciamiento Civil también se introducirán cambios, como que no se pueda iniciar el proceso de ejecución hipotecaria hasta que se hayan producido tres impagos, y se adoptarán medidas adicionales de «prudencia financiera» como limitar a 30 años el plazo máximo para conceder hipotecas.

El Gobierno también sugerirá cambiar la redacción de algunas cláusulas que se consideran, según el Ministro, «especialmente complejas», como las cláusulas suelo, las hipotecas multidivisa o los llamados «swaps». En este sentido, además de hacer constar en la escritura que el notario ha informado expresamente al deudor de la existencia de esos componentes, también se exigirá una aceptación por escrito. Por último, el Ejecutivo buscará perfeccionar el llamado Código de Buenas Prácticas aprobado hace un año y suscrito con la banca, ampliando los umbrales de exclusión que en su momento se fijaron

Publicado en Afectad@s por las Hipotecas