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El Gobierno limitará por ley el plazo máximo de las hipotecas a 30 años

Guindos anuncia que los jueces tendrá potestad para reducir la deuda de los desahuciados. El Ejecutivo también pretende fijar un tope a los intereses de demora en caso de impago
EL PAIS
El ministro de Economía, Luis de Guindos, ha anunciado esta tarde en el Congreso una batería de medidas para intentar frenar los desahuicios y atajar las prácticas que han provocado la multiplicación de las ejecuciones hipotecarias en los últimos años. Por el lado de los desahucios, según ha avanzado el ministro, el Ejecutivo quiere da potestad a los jueces para reducir las deudas que les quedan pendientes a las familias víctimas de desahucios si el banco obtiene una plusvalía al vender la vivienda. También elevará el umbral de ingresos para que un mayor número de familias pueda acogerse al código de buenas prácticas que se puso en marcha en su día para frenar los desalojos. Por la otra parte, en lo relativo a las condiciones con las que se firman los créditos y la asunción de riesgos excesivos, se impondrá un tope de 30 años al plazo de las hipotecas y se limitarán los intereses de demora en caso de impago.

Guindos ha hecho estos anuncios durante su intervención ante Cámara para defender el proyecto de ley de Medidas Urgentes par reforzar la protección a los deudores hipotecarios. En su intervención, el ministro ha explicado que estos cambios se introducirán durante el plazo de enmiendas parciales para este proyecto de ley. El objetivo, ha defendido, es “mejorar la normativa porque la dramática situación que atraviesan muchas familias españolas merece el mayor esfuerzo y entendimiento de todos”.

Para ello también se reformará la Ley Hipotecaria y la regulación del mercado hipotecario con vistas a “equilibrar la posición de las partes” respecto de asuntos como las exigencias de cláusulas, tasaciones e intereses de demora. En concreto, se limitarán los intereses de demora a tres veces el interés legal del dinero para “evitar el crecimiento desorbitado de la deuda y facilitar que los deudores hipotecarios puedan afrontar el pago”.

Además, se “reforzará la independencia” de las sociedades de tasación con respecto a los bancos, limitando la presencia de éstos en el accionariado de las sociedades —que se reducirá del 25 al 10%— y se “endurecerán los supuestos de infracción”. Las entidades de crédito tendrán asimismo que “aceptar cualquier tasación homologada de un bien que aporte el cliente” y el incumplimiento de este precepto será sancionable, lo que “incrementará la competencia y objetividad del mercado de las tasaciones”.

Con este sentido también se cambiará la Ley de Enjuiciamiento Civil para que no se pueda iniciar el procedimiento de ejecución hipotecaria hasta que se hayan producido tres impagos, y se adoptarán medidas adicionales de “prudencia financiera” como limitar a 30 años el plazo máximo para conceder hipotecas de vivienda habitual. Junto a ello, sugerirá cambiar la redacción sobre algunas cláusulas “especalmente complejas” como las cláusulas suelo, que de hecho están siendo anuladas por los tribunales, las hipotecas multidivisa o los swaps de intereses. En este sentido, además de hacer constar en la escritura que el notario ha informado expresamente al deudor de la existencia de esos componentes, también se exigirá una aceptación manuscrita de su aceptación.

El Consejo de Consumidores y Usuarios y otras autoridades administrativas estarán facultadas además para “requerir al Banco de España que inicie un procedimiento sancionador contra una tasadora”.

Publicado en Afectad@s por las Hipotecas