Con independencia de las funciones que tienen atribuidas los órganos de la Administración de Justicia, publicamos la siguiente respuesta respecto de consulta vinculante, que establece la interpretación el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, por medio de la Dirección General de Tributos, de la no aplicabilidad de tasas judiciales respecto de la nulidad de actuaciones, error judicial y revisión de sentencias firmes, por si pudiera ser de vuestro interés.
Comisión de Trabajo contra las Tasas Judiciales