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Supremo ordena repetir sentencia contra dos guardias civiles por narcotráfico

{13-06-2012 / EFE}
El Tribunal Supremo ha estimado el recurso de casación interpuesto por la Fiscalía contra una sentencia dictada por la Audiencia de Palma que absolvió a un cabo y un agente de la Policía Judicial de la Guardia Civil de Mahón, así como otros cinco acusados, del delito de narcotráfico.
La sentencia absolutoria de marzo del 2011 fue dictada por la Audiencia tras anular las intervenciones telefónicas practicadas, tal como habían reclamado los abogados de la defensa.
En cambio, la Sala de lo Penal del Supremo ha aceptado el recurso del Ministerio Fiscal y ha ordenado repetir la sentencia, pero con la valoración de las conversaciones telefónicas que habían sido anuladas.
La Fiscalía denunció la vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva y expuso que “el auto de intervención telefónica no era nulo, pues era necesaria y proporcionada”.
También argumentó que no se habían valorado las pruebas obtenidas con estas escuchas telefónicas a los implicados, y el uso indebido del teléfono móvil aparece contrastado documentalmente.
El Ministerio Público había discrepado con la sentencia de la Audiencia, en la que se afirmó: “No cabe otra conclusión respetuosa con el derecho fundamental del secreto de las comunicaciones que declarar la nulidad de las intervenciones telefónicas y, como consecuencia de ello, de las pruebas que se hallen directa o indirectamente relacionadas”.
Al declarar rechazada la “eficacia probatoria” de las declaraciones de los acusados y ser declaradas nulas las escuchas telefónicas y su contenido, los magistrados dictaron sentencia absolutoria.
La Fiscalía había pedido doce años de prisión y una multa de 134.455 euros para el cabo y el agente de la Guardia Civil implicados en este caso de narcotráfico en Menorca.
Los procesados habían sido acusados de colaborar con una banda de narcotraficantes a la que ayudó introducir importantes cantidades de cocaína en Menorca a finales del 2008.
Según el escrito de acusación del Ministerio Público, “al menos dos ocasiones los guardias civiles actuaron de común acuerdo con el ‘cabecilla’ de la banda, Jairo García Paz, para introducir cocaína en Menorca a través de dos vehículos que llegaron al puerto de Mahón, en el barco procedente de Barcelona”.
La droga había sido envuelta y ocultada dentro de paquetes revestidos de café molido y colocada en el interior de los coches.
Los agentes realizaban las “gestiones oportunas” para que los vehículos superasen los controles sin problemas. A cambio, recibían contraprestaciones en forma de dinero y regalos. El cabo aceptó varias cantidades de cocaína.
Los pinchazos telefónicos, autorizados por la titular del juzgado de primera instancia número uno de Mahón, Clara Besa, permitieron obtener pruebas para detener a los presuntos narcotraficantes. Las detenciones se llevaron a cabo en 48 horas, y el 13 de diciembre de 2008 fueron detenidos los dos agentes.
Los otros cinco acusados también fueron absueltos por la anulación de las intervenciones telefónicas, al concluir la Audiencia Provincial que “se habían obtenido ilegalmente como consecuencia de la petición inicial de intervención por el uso indebido del teléfono que era custodiado en las dependencias de la Guardia Civil a cargo de los agentes acusados”.
El contacto de los agentes en la banda, J.G.P., confidente habitual de la Policía Judicial de Mahón, se enfrentaba a 9 años de prisión y 100.855 euros de multa.
La Fiscalía pidió la misma pena para D.R.J., que transportaba la droga.
Para J.M.M.O., el único de los detenidos que contaba con antecedentes penales por narcotráfico, el Ministerio Público había solicitado 9 años de cárcel y 100.855 euros de multa por la venta de cocaína a terceros.

Publicado en Penal