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La Comisión electoral ausente en un proceso electoral sin control y manifiestamente mejorable.

 23/10/2017 – Elecciones a la Junta de Gobierno del ICAM 2017

cartel_ala_elecciones_2017_72ppp-1El 28 de septiembre de 2017 fueron convocadas elecciones para la totalidad de los miembros de la Junta de Gobierno del ICAM. A partir de ese momento se aplica la normativa electoral regulada en los arts. 30 a 35 y Disposición Transitoria tercera  de los Estatutos del ICAM.

Un órgano esencial en el proceso electoral es la Comisión electoral que debe garantizar el respeto a la normativa electoral aplicable y velar por el mantenimiento de un proceso electoral limpio y democrático, basado en los principios de igualdad de trato, corrección y decoro.

        La comisión electoral tiene las siguientes funciones:

  1. Supervisar el proceso electoral.
  2. Resolver las reclamaciones que se presenten en relación con el censo electoral.
  3. Proclamar candidatos y candidaturas, excluyendo aquellas en que concurran circunstancias de inelegibilidad.
  4. Nombrar presidentes y vocales de las mesas electorales, así como sus suplentes.
  5. Informar sobre el procedimiento para votar por correo.
  6. Interpretar y resolver las dudas que puedan plantearse en la aplicación de las normas electorales de la actividad profesional de los colegiados. Tanto los presidentes como los vocales deberán ser electores.
  7. Velar para que el desarrollo del proceso electoral y todos sus actos se ajuste a la normativa electoral y a los principios de publicidad, transparencia y democracia.
  8. Proclamar, a la finalización del escrutinio, los resultados electorales producidos y los cargos electos.
  9. Resolver las reclamaciones que puedan presentarse durante el proceso electoral.

Han pasado veinticinco días desde la convocatoria de elecciones y las irregularidades se suceden en un proceso electoral que avanza sin control ni presencia del órgano encargado de su vigilancia.

Repasemos lo ocurrido:

28 de septiembre de 2017: La Junta de Gobierno convoca elecciones. Ese día se inicia el proceso electoral. En la convocatoria se describen las mesas electorales que se instalarán, lugar de la votación y plazo y lugar de presentación de candidaturas. En la web del ICAM se abren dos espacios, uno denominado “Elecciones Colegio 2017”, en el que se recogen convocatoria, calendario, consulta del censo electoral, Comisión electoral, normas y Estatutos y otro de “Espacio para candidaturas.

La Comisión electoral no está nombrada, por lo que el proceso electoral se inicia sin su control y desempeño de las funciones que tiene encomendadas.

29 de septiembre de 2017: La Junta de Gobierno del ICAM solicita del Consejo de Colegios de Abogados de la Comunidad de Madrid la designación de los miembros de la Comisión electoral.

La solicitud de designación debe hacerse “junto a la convocatoria de elecciones…” (art. 31.2 Estatutos ICAM), por lo que se realiza después de la fecha en que debió efectuarse.

5 de octubre de 2017: El Consejo de Colegios de Abogados de la Comunidad de Madrid se reúne y designa a los titulares y suplentes de la Comisión electoral.

No se hace público dicho acuerdo, por lo que no se conoce el nombramiento ni quiénes son sus integrantes.

El mismo día la Decana Sonia Gumpert realiza un acto, que había sido convocado previamente y comunicado a la prensa mediante el Departamento de comunicación, en el que pretendía hacer balance de sus cinco años de mandato. Se realizó en la Sala de reuniones de la Junta de Gobierno en la sede del ICAM. En él la Decana anuncia que no se presenta a la reelección y presenta a Javier Íscar (Diputado 3º de la Junta de Gobierno saliente) como candidato a Decano, dando expresamente toda su confianza y apoyo a ese candidato en un acto que celebra como Decana.

De esta noticia se hicieron eco ese día y los posteriores numerosos medios de comunicación, no sólo generalistas (El País, El Mundo, ABC, El Economista, Expansión, etc), sino digitales jurídicos (Confilegal y otros), de manera que lo que formalmente se convocó como un acto de balance de gestión de la Junta de Gobierno del ICAM, se transformó en un acto de publicidad y lanzamiento de Javier Íscar como candidato a Decano del ICAM, multiplicado en sus efectos mediáticos por la excusa utilizada para esa convocatoria; significativamente, como puede verse en las fotos del evento, Javier Íscar estaba sentado al lado de la Decana por lo que toda la escenografía del acto estaba destinada a dar publicidad a su candidatura.

La noticia se publicó y consta en la web del ICAM como noticia de actualidad del 5 de octubre de 2017 y en ella, textualmente, se dice (el subrayado es nuestro):

“En la mañana de hoy, en una rueda de prensa celebrada en el Colegio, la decana Sonia Gumpert, acompañada de otros miembros de la Junta de Gobierno ha hecho el balance de su gestión desde 2013, cuando tomó posesión.

La decana ha declarado además que no se presentará a la reelección en los próximos comicios del Colegio de Abogados de Madrid, convocados para el próximo 13 de diciembre. Será el diputado Javier Íscar quien encabece la candidatura para consolidar el cambio iniciado hace 5 años.

Se trata de una decisión “muy meditada”, ha afirmado, motivada por la imposibilidad de seguir compatibilizando su tarea al frente del Colegio con el ejercicio profesional tras haber asumido la dirección de su despacho. “No puedo asumir esa tarea y darle al Colegio la dedicación exclusiva que se merece y que necesita. Hay una persona de mi equipo que ha recogido ese testigo, que es Javier Íscar, quien tiene toda mi confianza y todo mi apoyo”.

9 de octubre de 2017: La Asociación Libre de Abogadas y Abogados (ALA) presenta un escrito ante la Comisión electoral en la que pone de manifiesto que nueve días después de iniciarse el proceso electoral no se ha hecho pública la designación de la Comisión electoral, ni su composición y denuncia el acto convocado por la Decana el 5 de octubre puesto que:

  • El acto se celebra en los locales del ICAM, que pertenecen a todos los colegiados y que durante el proceso electoral deben estar a disposición de los candidatos en las condiciones de igualdad que determine la Comisión electoral.
  • Se convoca a la prensa mediante los servicios del ICAM (Departamento de comunicación o similar), poniendo a los trabajadores del Colegio al servicio de uno de los colegiados.
  • Es la propia Decana de la institución la que manifiesta en ese acto que Javier Íscar va a ser candidato continuador de la Junta de Gobierno que ella encabeza y dando expresamente toda su confianza y apoyo a ese candidato en un acto que celebra como Decana y no como colegiada, lo que supone una clara extralimitación, vulneración del principio de neutralidad de la Junta de Gobierno y del de igualdad de trato de los candidatos.
  • Además la noticia se integra en la web del ICAM en los términos expuestos más arriba, por lo que se dirige a todos los colegiados que en este momento ya saben que hay un colegiado que va a ser candidato, y al que la Decana, en su condición de tal, muestra su apoyo y lo publicita en la web oficial.

Asimismo denuncia la publicidad que se hace en la web del ICAM de los logros de la Junta de Gobierno mediante un vídeo en el que aparece en momentos concretos Javier Íscar, anunciado ese mismo día como candidato en el acto mencionado anteriormente.

10 de octubre de 2017: El ICAM y el CGAE publican en sus respectivas web el acuerdo de designación de los miembros de la Comisión electoral.

La certificación del acuerdo, remitida por el Secretario del Consejo de Colegios a la Secretaria de la Junta de Gobierno Dª Mª Carmen Pérez Andújar, tiene sello de registro de entrada en el ICAM el 6 de octubre de 2017 (Ref. 11982/17), por lo que la Junta de Gobierno lo ha ocultado durante cuatro días y sólo lo ha hecho público tras la denuncia presentada por ALA y a los diez días de iniciarse el proceso electoral.

19 de octubre de 2017: Se constituye la Comisión electoral, 22 días después de la convocatoria de las elecciones a Junta de Gobierno del ICAM.

23 de octubre de 2017: La Comisión electoral todavía no ha contestado la denuncia presentada por ALA el 9 de octubre.

Las reclamaciones contra el proceso electoral o cualquiera de sus actos deben ser resueltas y notificadas por la Comisión electoral en el plazo de los tres días siguientes a la fecha de entrada en el Colegio. Este plazo podrá ampliarse hasta dos días más por causas justificadas que se expresarán en la resolución (art. 31.7 Estatutos ICAM).

La Comisión electoral que supervisó las elecciones de 2012 a la Junta de Gobierno del ICAM constató que la regulación del proceso electoral en los Estatutos del ICAM es “…extraordinariamente parca, limitada e insuficiente…” y no regulan “…con la debida pormenorización y detalle todas y cada una de las fases del proceso electoral, y obvian toda referencia al momento anterior a la convocatoria. Ello afecta a numerosas cuestiones como la ausencia de acceso al censo electoral o la muy desafortunada regulación del voto por correo…”. Todo esto, que se mantiene pues la actual Junta de Gobierno sólo reactivó la comisión para la reforma de los Estatutos ICAM seis meses antes de la convocatoria de elecciones y, por tanto, sin tiempo para proceder a su modificación, revela que la Comisión electoral debe tener un papel especialmente cuidadoso para evitar que la defectuosa regulación del proceso electoral acabe configurando unas elecciones caóticas y alejadas de la limpieza democrática, igualdad entre los candidatos y neutralidad del ICAM.

Este proceso electoral en el ICAM se ha iniciado, de nuevo, sin control democrático, sin transparencia y con un intervencionismo de la Junta de Gobierno contrario a la neutralidad y el respeto a la igualdad de oportunidades entre candidatos/as que debe mantener. Es urgente que la Comisión electoral comience a tomar el protagonismo que le compete y a adoptar decisiones que configuren unas elecciones limpias y democráticas y que la Junta de Gobierno ponga a su disposición todos los medios que le sean necesarios para el ejercicio de sus funciones.

Madrid, 23 de octubre de 2017.

Junta Coordinadora de la Asociación libre de Abogadas y Abogados. ALA.

Publicado en Asuntos colegiales