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ALA firma la petición de indulto para Esther

Diversos colectivos han iniciado una campaña de recogida de firmas dirigida a solicitar el indulto de Esther, una vecina del madrileño barrio de Hortaleza condenada a cuatro meses de prisión por una tentativa de hurto. En ALA nos hemos hecho eco de la campaña y nos hemos adherido a la solicitud. El caso de Esther ilustra perfectamente los efectos de la reforma del Código Penal y a la criminalización de la pobreza.
Indulto ALA
Compartimos a continuación las reflexiones publicadas en el periódico Diagonal.
<<No puedo decir que conozca mucho a Esther, aunque había coincidido con ella en alguna ocasión en su barrio, Manoteras, una zona de Hortaleza castigada por los altos índices de desempleo. Lo único que sabía de ella era que es un miembro muy activo de la Oficina de Apoyo Mutuo de Manoteras (OFIAM), una red de ayuda y solidaridad que trata de solucionar problemas laborales o de vivienda de sus vecinas.
Hace cuatro días, Esther contactó conmigo y acudió a mi despacho. Unos días antes (el 7 de enero, concretamente) el Juzgado de Instrucción nº 6 de Getafe la había condenado a cuatro meses de prisión por un hurto en grado de tentativa y debía ingresar en un centro penitenciario antes del día 22 de enero. Había intentado sustraer nueve prendas de vestir en una tienda de ropa por un valor total de 428,60 euros, pero la acción se había visto frustrada por el vigilante de seguridad. Tras estudiar su caso, concluimos que la vía judicial se había agotado: la condena se había producido en virtud de una conformidad con el Ministerio Fiscal, por lo que no cabía recurso de apelación contra la sentencia y, puesto que Esther contaba con antecedentes penales (por otros hurtos), no cabía suspenderle la pena de privación de libertad o sustituírsela por otra menos gravosa, como una multa. Las manos del Juzgador, en este caso, se encontraban atadas. Por ello, la única vía que nos quedaba abierta para evitar su ingreso en prisión era la del indulto.
Ahora, cuatro días después de esa primera reunión, nos encontramos con que amigas, familiares y compañeras de Esther han llevado a cabo una impresionante campaña de difusión y apoyo de su caso en pro del indulto. Se ha creado una página web titulada Nos quieren robar a Esther; en Twitter, el hashtag #NosQuierenRobarAEsther ha estado echando humo este fin de semana; su caso ha aparecido en diversos periódicos y en televisión y se han recogido más de mil firmas digitales en change.org y en papel, entre las cuales se encuentran las de varias diputadas autonómicas, nacionales y europeas. Todo un ejemplo de solidaridad y apoyo mutuo a contrarreloj.
Con la crisis, el número de gente en el paro y/o que se va a ver abocada a formas más o menos ilegales para obtener dinero aumentará
Me han preguntado mucho estos días qué es el indulto y qué supondría para ella. El indulto es una medida de gracia, otorgada por el Consejo de Ministros a propuesta del Ministro de Justicia. Una vez que presentemos la solicitud de indulto, el Ministerio de Justicia decidirá si la admite a trámite. Si decide hacerlo, el Ministerio recabará informes a favor o en contra del Tribunal sentenciador, el Ministerio Fiscal y el perjudicado por el delito (una tienda de ropa, en este caso). El proceso que puede durar hasta dos años. Posteriormente, el Ministro de Justicia tomará una decisión, la trasladará al Consejo de Ministros y acordarán otorgarle el indulto. Por último, informarán al Rey para que éste lo firme. ¿Y qué ocurre con Esther mientras tanto? Pediremos al Juzgado de Getafe la suspensión de su entrada en prisión hasta la resolución de la petición de indulto, pero ésta suspensión es potestativa, por lo que queda en manos del Juzgado el que Esther cumpla de facto o no la sentencia antes de que se resuelva el indulto.
¿Merece Esther la gracia del indulto? Yo creo que sí. Es una persona que se encuentra en paro, buscando trabajo, con cuatro hijas a su cargo (de las cuales dos se encuentran en edad de trabajar pero tampoco encuentran empleo) desde que enviudó en 2013. Desde el fallecimiento de su marido, ha cometido algunos hurtos por sobrevivir, para llegar a fin de mes y poder cuadrar las cuentas. No ha sustraído prendas por capricho o por estética, al fin y al cabo. Es algo que nos podría ocurrir a todas, si nos encontráramos en su situación.
Me recuerda al artículo Las clases en la sociedad capitalista publicado en el 2010 por el extinto Grupo Ruptura, que reza lo siguiente: “Lo que define a las clases es su relación con los medios de producción y, a través de estos, con el resto de la sociedad, con el resto de clases. El proletariado se define en primer lugar en negativo, como aquel que está desposeído de todo medio de producción que no sea su propia capacidad para trabajar. Obviamente, esto es así porque existe otra clase social, la burguesía, que es propietaria de los medios de producción necesarios para reproducir esta sociedad. Lo importante aquí es lo que esta desposesión nos impone en el día a día: los proletarios no contamos con los medios y mecanismos para llevar la vida que queremos, para producir la sociedad en la que queremos vivir, por lo que para sobrevivir en la sociedad capitalista necesitamos dinero para comprar las mercancías que aquella produce. Para conseguir el dinero o las mercancías necesarias, los proletarios sólo tenemos tres formas de conseguirlo: trabajando, robando o mendigando. El que haga una cosa u otra es decisión ‘libre’ de cada proletario, ya que, a diferencia de otros tiempos y lugares, como los esclavos o los siervos, los proletarios, al ser jurídicamente iguales a los burgueses, no estamos obligados a trabajar para ellos, pudiendo ‘elegir’ entre venderles nuestra fuerza de trabajo… o morirnos de hambre[…]”.
16-01-18Con la crisis que estamos sufriendo y los pocos síntomas de recuperación económica que se vislumbran en el horizonte, el número de gente en el paro y/o que se va a ver abocada a formas más o menos ilegales o trapicheras para obtener dinero aumentará, y con ello, tanto la represión como los intentos por enfrentarnos los unos a los otros. Asalariado, parado, ama de casa, estudiante, ladrón… son diferentes formas que el proletariado puede asumir en la sociedad capitalista, pero, en su fluir, constituyen al mismo tiempo otros tantos momentos de una unidad orgánica en la que lejos de contradecirse son todos igualmente necesarios, y esta igual necesidad es la que constituye la vida del todo. Entender que todos somos parte de la misma clase, con unos intereses comunes a largo plazo será crucial para desarrollar formas y prácticas de resistencia contra la crisis”.
Otros elementos a tener en cuenta son, en primer lugar, que Esther cometió el hurto en grado de tentativa, es decir, que no existe un perjudicado por el delito. En segundo lugar que, de haber sustraído con éxito las prendas, su precio de venta al público habría ascendido a 428,60 euros, por lo que el perjuicio real habría sido de 338,59 euros. Al PVP habría que detraerle el IVA (21%) debido a que durante la comisión de cualquier hurto desaparece el hecho generador de la obligación de pagar el impuesto y, por ello, ninguna obligación tributaria de abonarlo nace para el establecimiento. El precio es relevante porque la frontera entre el delito (figura por la que se ha condenado a Esther) y el delito leve (antiguas faltas) de hurto se encuentra en los 400 euros. Es decir, que la acción de Esther se ha reputado delito por 28,60 euros.
Esta distinción (por aquel entonces de delitos y faltas) de 400 euros se realizó por el legislador en 1995, cuando se aprobó el Código Penal de la democracia. Sin embargo, no se ha tenido en cuenta que veintiún años después, el precio de la vida se ha encarecido. Una renta de 400 euros de diciembre de 1995 equivale a una renta actualizada de 631,20 euros en diciembre de 2015. El Gobierno tuvo en sus manos, durante la última reforma del Código Penal (que entró en vigor el 1 de julio de 2015) actualizar todos los importes de los delitos de esta naturaleza, pero no lo hizo. Y, en consecuencia, cada vez resulta más fácil incurrir en la comisión de un delito.
El indulto está ideado como un mecanismo para corregir errores o excesos que se puedan dar en la vía judicial. A veces, a un juez, que tiene la obligación de aplicar la ley como viene dada, no le queda más remedio que adoptar una determinada resolución. Pero, a pesar de su ajuste a la legalidad, el fallo de la sentencia puede resultar materialmente injusto. Y eso es lo que se pretenden revertir sus compañeras con la campaña por el indulto a Esther.>>
 

Publicado en ALA acusa, Penal